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Sábado, 09 Enero 2016

El CERMI saluda que la Agencia Tributaria haya incorporado la variable discapacidad en las estadísticas del IRPF.

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El CERMI saluda que la Agencia Tributaria haya incorporado la variable discapacidad en las estadísticas del IRPF.

En efecto, la AEAT ha añadido a la serie de estadísticas tributarias una nueva publicación denominada “Estadística de los declarantes con discapacidad del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas”. 

El objetivo de dicha estadística es conocer las características personales y familiares del conjunto de declarantes en las que, o bien el titular, o bien alguna de las personas dependientes del mismo (ascendiente o descendiente) tienen alguna discapacidad reconocida que proporcione al declarante la posibilidad de aplicar alguna de las medidas contempladas en la normativa del impuesto para minorar la carga impositiva del grupo social afectado.
 
Para profundizar en el conocimiento de las personas con discapacidad y sus circunstancias, en la medida en que dichas circunstancias se hayan puesto de manifiesto en las declaraciones de IRPF, en la información de la AEAT se contabilizan las distintas situaciones de discapacidad puestas de relieve en la declaración. 
 
Sin embargo, este recuento no debe considerarse un censo de personas con discapacidad, porque faltarían los no declarantes de IRPF, los que no hayan hecho uso de sus beneficios fiscales, así como todas las personas residentes en País Vasco y Navarra que quedan fuera del ámbito territorial del impuesto.
 
Respecto del grupo de personas con discapacidad se presentan sus características demográficas principales, el género, la edad, tipo de dependencia (simple, simple con movilidad reducida, cualificada) y la Comunidad Autónoma declarada por el titular de la declaración.
 
La distinta condición con la que se presentan las personas con discapacidad en la declaración de IRPF, ha permitido crear unas categorías según quienes sean las personas con discapacidad integradas en la declaración: discapacidad en el primer titular (declarante), en las declaraciones conjuntas discapacidad en el segundo titular (cónyuge), discapacidad en los descendientes, en los ascendientes o en varias personas de forma simultánea en una declaración (múltiples situaciones de discapacidad). De esta manera, desde la perspectiva de la declaración se presentan las categorías de situaciones de discapacidad, el porcentaje de discapacidad, la relación de parentesco con el titular principal de la declaración, etc.
 
Adicionalmente se presenta un bloque de información destinado a la integración del colectivo de estudio con el total de declarantes del IRPF (objeto de publicación en otra estadística). En este sentido, la información proporcionada es común a la que se presenta en la estadística general, sin embargo, incorpora contenidos adicionales, por ejemplo, una tabla con las medidas fiscales orientadas a la protección del colectivo afectado y una información sobre las rentas exentas percibidas por las personas relacionadas en la declaración, sean titulares, descendientes o ascendientes.
 
EL CERMI venía solicitando a la AEAT que recogiera específicamente en su información estadística fiscal la variable de discapacidad, comenzando por el IRPF, para extenderla a continuación al resto de tributos del sistema fiscal español.
 
 
FUENTE: CERMI.